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En la búsqueda del patrimonio histórico de Naranjo

  • ofesanou
  • 19 feb 2020
  • 3 Min. de lectura

Visita de la Comisión Nacional de Costa Rica .* febrero de 2013. En aquella ocasión solicitamos a la Municipalidad de Naranjo que se nos recibiera debido a que estaríamos de gira por la región y deseábamos conocer el edificio de madera que albergaba ese gobierno local. Pasaríamos por Palmares, dado que se había abierto un expediente para valora la posible declaratoria de su Mercado de Central ( Arq. Ileana Vives había realizado un estudio preliminar. Ver álbum fotográfico#2 del Mercado) . Al ser recibidos en el edifico municipal nos sorprendido la belleza de su edificio, -totalmente construido en madera- y el cuidado sus jardines. este edificio fue construido durante la el período en que estuvo a cargo del Estado la Junta Fundadora de la Segunda República 1948-1949. No he encontrado la copia del documento que se había levantado sobre la historia y valores arquitectónicos del Mercado de Palmares que consideramos estaba diseñado dentro de una línea moderna década 1960. El otro edificio que no estaba en la agenda, pero que no podíamos ignorar era la Basílica de Naranjo. ( 1885) Declarada Monumento Histórico Arquitectónico en 11 de junio de 1996. l Decreto de Declaratoria Nº25175-C La Gaceta Nº110. Fuente expediente de declaratoria del CP del MCJ. No estaba tampoco en nuestra agenda visitar la Escuela Colombia (1938). A la hora de realizar una descripción de la ciudad de Naranjo, nos hemos encontrado con pocos datos sobre la historia de su población y de su importancia regional -en internet-, a pesar de que sabemos que forma parte de los principales poblados de vocación agrícola que fueron frentes descolonización agrícola a partir de 1840 y en este caso Naranjo se distinguió desde entonces por sus plantaciones de café.

http://www.website-4.ofeliasanou.com/ Citamos una referencia : "Naranjo se fundó como el sexto cantón de la Provincia de Alajuela por decreto Nº 9 el 9 de marzo de 1886, por agricultores que encontraron un suelo excelente para los cultivos, especialmente el café. La bondad de las tierras creó una comunidad apegada al agro, que ha sabido aprovechar las cualidades del clima y fertilidad, siendo una de las más prósperas del país. Desarrollo económico Pueblo cafetalero más importante de la provincia, produciendo gran parte del suministro de la región, de suelos fértiles preparados para el cultivo de algunas hortalizas, árboles frutales, y la producción en menor escala de la ganadería." https://www.ecured.cu/Naranjo_(Costa_Rica) Una fuente esencial para conocer el proceso de colonización de esta región son la investigaciones fealizadas por Mario Samper sobre la colonización del noroccidente del Valle Central y sobre el cultivo del café. https://www.researchgate.net/profile/Mario_Samper an 1978 - Dec 2006 Universidad de Costa Rica (UCR), Universidad Nacional (UNA), Costa Rica • San José, San José, Costa Rica Otra referencia bibliográfica es : https://www.scielo.sa.cr/pdf/dreh/v15s1/1409-469X-dreh-15-s1-00019.pdf 19Diálogos: Revista Electrónica de Historia, ISSN: 1409 - 469X, Volumen especial Región Occidente de Costa Rica, 2014 / pp. 19-38LOS BOYEROS EN EL NOROCCIDENTE DEL VALLE CENTRAL DE COSTA RICA ENTRE LOS SIGLOS XIX Y XX +Artículo 5º.- Comisión Nacional de patrimonio histórico arquitectónico. Créase la Comisión Nacional de patrimonio histórico-arquitectónico que asesorará al Ministerio en el cumplimiento de esta ley. Estará integrada de la siguiente manera: a) El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes o su representante, quien la preside. b) El funcionario de más alto rango en el Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural. c) Un representante del Colegio de Arquitectos, nombrado por su Junta Directiva. d) El Presidente de la Academia de Geografía e Historia. e) El Presidente de la Asociación Costarricense del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios. f) Un representante de la Procuraduría General de la República. g) Un representante de la Defensoría de los Habitantes, con voz pero sin voto. La obligación de los dos últimos será velar por los intereses de los particulares afectados por la aplicación de la presente ley. Los miembros de la Comisión citados en los incisos a), b), d) y e) ejercerán sus funciones mientras desempeñen el cargo que los llevó a ella; los citados en los incisos c), f)y g) serán nombrados por cuatro años. En caso de renuncia o muerte, el sustituto será nombrado por período completo. http://www.icomoscr.org/content/index.php/ley-7555

 
 
 

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